Expertise
  • Contratación internacional

En la dimensión jurídica preventiva o no contenciosa, esta área de práctica junto con las de Mercantil, Civil, Marítimo y Transporte, pueden aportar amplia experiencia en el diseño y redacción de contratos internacionales. La redacción de contratos de compraventa internacional suele ser el núcleo básico del asesoramiento en esta materia, con particular atención al Incoterm elegido y a la elaboración de unas condiciones generales de venta adaptadas a las necesidades del exportador. Las condiciones de la compraventa deben ser convenientemente conciliadas con la modalidad de contrato de transporte a utilizar, los medios de pago elegidos, el aseguramiento de la mercancía y las garantías reales o bancarias que puedan cubrir el buen fin del negocio. Entre los contratos de colaboración empresarial internacional nuestra experiencia se centra en los contratos de agencia, distribución, franquicia, cesión y licencia de propiedad industrial, financiación internacional (leasing y factoring internacional) y joint venture internacional.

  • Jurisdicción internacional y proceso con elemento extranjero

Si el litigo surge en España y está relacionado con un contencioso iniciado con anterioridad en otra jurisdicción, o viceversa, acompañaremos a nuestro cliente, ayudándole a orientarse en esa complejidad multi-jurisdiccional de manera que pueda tomar las decisiones más eficientes que permitan llegar a un resultado satisfactorio. En este sentido, las disputas sobre cuestiones jurisdiccionales (excepciones declinatorias de competencia judicial internacional, excepciones de litispendencia internacional, etc.), así como la ordenación del proceso con elemento extranjero (régimen internacional de notificaciones judiciales y de obtención de pruebas en el extranjero) son parte esencial de la actividad del área de práctica relativa a litigación internacional. Combinamos un amplio conocimiento jurídico y experiencia en litigación o arbitraje con elementos internacionales en España en las zonas de implantación del despacho, así como la capacidad de adaptarnos a las necesidades del cliente en relación con la lógica coordinación entre los procesos abiertos en España y los procesos judiciales o arbitrales que el cliente tenga pendientes en otras jurisdicciones.

  • Reconocimiento y ejecución de sentencias extranjeras

Contamos con una sólida experiencia en el reconocimiento y ejecución de sentencias extranjeras, sean de Estados Miembros de la UE o de terceros Estados. El reconocimiento automático, o incluso la supresión del exequátur, que han introducido los instrumentos de la UE aplicables en materia de litigación civil y mercantil, familia y responsabilidad parental, obligaciones de alimentos, regímenes económico matrimoniales, efectos patrimoniales de las uniones registradas, sucesiones internacionales o procedimientos de insolvencia, ha significado un amplio desarrollo de posibilidades en este sector que podemos compartir con nuestros clientes. En relación con Sentencias dictadas por tribunales de terceros Estados la Ley española de cooperación judicial internacional en materia civil de 2015 ha significado la introducción de un nuevo procedimiento judicial de exequátur que garantiza un cauce adecuado de homologación en España de sentencia extranjeras, así como contiene otras posibilidades interesantes, particularmente en cuanto a la eficacia registral de decisiones extranjeras.

  • Recuperación internacional de créditos

Como especialización adicional relacionada con la anterior relativa al exequátur de sentencias extranjeras, la experiencia de nuestros abogados en recuperación de créditos internacionales utilizando los instrumentos procesales establecidos por el Derecho de la Unión Europea. Así el procedimiento monitorio europeo (European Payment Order), la certificación como título ejecutivo europeo (European Enforcement Order) y el embargo de cuentas bancarias (European Account Preservation Order) nos permiten ayudar a nuestros clientes en la simplificación del cobro de las deudas transfronterizas.

  • Insolvencia internacional

El equipo de abogados y profesionales en sus áreas de práctica Mercantil, Marítima e Internacional destaca por su experiencia acreditada en sus zonas de implantación en el ámbito de la insolvencia internacional, haciendo frente a la problemática propia de los procedimientos de insolvencia transfronterizos cuando el procedimiento principal se encuentra en España o cuando en España sólo cabe iniciar un procedimiento secundario o territorial, así como atendiendo a las necesidades de coordinación entre procedimiento principal y secundario en diferentes jurisdicciones. Los instrumentos de cooperación judicial internacional de la UE permiten un vez más el reconocimiento automático y ejecución de resoluciones judiciales de otros Estados miembros de la UE en materia concursal en España, exigiendo la Ley Concursal el exequátur para las decisiones de terceros Estados no miembros de la UE. Nuestra experiencia en este sector también se refiere en particular a todas las actuaciones necesarias para que el síndico nombrado por tribunales extranjeros pueda desarrollar sus funciones en España.

  • Arbitraje internacional

Los medios alternativos de resolución de controversias (ADR) son naturalmente parte esencial del asesoramiento jurídico en los negocios y la contratación internacional y nuestro asesoramiento estará disponible en la fase de negociación del contrato y del convenio arbitral que establezca mecanismos alternativos de solución de controversias, así como en el desarrollo mismo de procedimientos de conciliación, mediación o arbitraje comercial internacional conforme a las Reglas internacionales de arbitraje más conocidas y en las instituciones de arbitraje más relevantes existentes en España. También ofrecemos amplia experiencia en la realidad jurídica española en la elección de árbitros y peritos en relación con un procedimiento arbitral abierto en España. Si el cliente quiere impugnar un laudo arbitral emitido en España podemos iniciar una acción de anulación ante los tribunales y, por supuesto, si el cliente ya ha obtenido un laudo arbitral en otra jurisdicción, le ayudaremos en el procedimiento de su reconocimiento y ejecución en España.

https://www.martinezechevarria.com/area/litigacion-y-negocio-internacional/

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