No hay responsabilidad penal. Esta es la base que la Audiencia Provincial de A Coruña ha tomado en consideración para la absolución de los acusados por la catástrofe del “Prestige”.
En opinión de Luis de San Simón, se trata de “una sentencia a la que técnicamente no se le puede reprochar nada, si bien es comprensible que no haya dejado satisfecho a casi nadie”.
Lo que ha tenido en cuenta el tribunal, dice San Simón, es que “la prueba en un juicio penal equivale a la demostración del hecho afirmado, sin que la referencia a indicios o hipótesis sea suficiente o aceptable”.
No obstante, “las distintas partes estarán considerando los recursos que correspondan y sigue en el aire la pregunta de quién paga los gastos que ocasionó la catástrofe”.
De mantenerse la sentencia en la apelación, añade el socio de la firma, “todos aquellos que hayan sufrido los daños y gastos habrán de acudir a la vía civil ordinaria, y sin duda pensaran si merecía la pena una espera de 11 años de procedimiento penal para ver la sentencia leída, con todos los matices que merece tal interrogante, incluyendo el del rápido funcionamiento de la justicia que las víctimas merecen”.
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