CAMBIO CLIMÁTICO: RETOS 2030 – 2050

El Secretario General de la International Chamber of Shipping (ICS), Guy Platter, ha declarado: “Tenemos que ser capaces de disponer de barcos cero emisiones para 2030 sin desafiar los precios y la seguridad”.

 

Para lograr este reto, la ICS está planteando, entre otras medidas, la implantación de una tasa mundial de emisiones de carbono, medidas que ya han sido entregadas a la Organización Marítima Internacional (OMI) para que se discutan en la próxima reunión en noviembre de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (COP 26). Bajo el lema “Uniendo al mundo para hacer frente al cambio climático”, la COP26 se celebrará en Glasgow el próximo mes de noviembre y reunirá a representantes de cerca de 200 países con el objetivo de acelerar la acción climática para el cumplimiento del Acuerdo de París.

Mientras tanto, en España el pasado 22 de mayo entró en vigor la Ley 7/2021, de 20 de mayo, de cambio climático y transición energética.

Según su Preámbulo, la diferencia creciente entre las obligaciones asumidas por los Estados parte del acuerdo de París de 2015 y la realidad en cuanto a la reducción de emisiones de gases de efecto invernadero, obliga a promulgar instrumentos eficaces que apoyen la lucha contra el cambio climático.

El punto de partida, por tanto, estaría claro: ese compromiso asumido en el Acuerdo de Paris de 2015 en el que los lideres mundiales se comprometieron a mantener el incremento de la temperatura media del planeta muy por debajo de los 2 ºC —respecto a los niveles preindustriales— y a trabajar para limitar ese aumento a los 1,5 ºC.  Sin embargo, el objetivo es cada vez más cercano puesto que la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible marca una fecha concreta: la descarbonización en 2050.

Esta Ley 7/2021 traza unas líneas generales con unos objetivos mínimos nacionales de reducción de emisiones de gases de efecto invernadero de, al menos, un 23%, respecto del año 1990, alcanzar en 2030 un nivel de, al menos, un 42% de penetración de energías renovables o de, al menos, un 74% de generación a partir de energías renovables del sistema eléctrico.

Entre los planes que España debe consolidar se encuentran el Plan Nacional Integrado de Energía y Clima (PNIEC) y la estrategia de descarbonización 2050.

¿En qué afecta esta Ley 7/2021 al transporte marítimo? La Ley sólo dedica a este ámbito un artículo de su texto, el artículo 16, al que titula “Transporte marítimo y puertos”.

El artículo 16 no deja de ser una declaración de intenciones para que los puertos competencia del Estado adopten medidas para la reducción paulatina de las emisiones generadas por el consumo de combustibles fósiles de los buques, embarcaciones y plataformas cuando estén amarradas o fondeados en los puertos, a fin de alcanzar ese objetivo de cero emisiones directas antes del año 2050.

Asimismo, la intención del legislador es crear “cadenas logísticas sostenibles con origen o destino en puertos”. Se trata en definitiva de luchar por la eficiencia energética y la calidad del aire en las instalaciones portuarias, así como el estímulo del uso de energías alternativas en el transporte marítimo.

En ese marco, la Ley opta por el fomento de las Autopistas del Mar y las Líneas regulares Roll on – Roll off.

El desarrollo normativo de estos retos generales no debería hacerse esperar para poder cumplir en tiempo los compromisos internacionales asumidos por España.

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El desarrollo normativo de estos retos generales no debería hacerse esperar para poder cumplir en tiempo los compromisos internacionales asumidos por España.